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50-04 Estatutos de la "Fundación Franz Xaver Joseph Lohé".
A partir del 16 de diciembre de 2013
En su reunión del 12 de diciembre de 2013, el Consejo de la Ciudad Federal de Bonn adoptó lo siguiente en virtud del artículo 7 del Código Municipal para el Estado de Renania del Norte-Westfalia (GO NRW) en la versión publicada el 14 de julio de 1994 (GV. NRW. S. 666/SGV. NRW 2023, modificada en último lugar por la ley de 1 de octubre de 2013 (GV. NRW. p. 564), se adoptaron los siguientes estatutos:
§ 1: Denominación, forma jurídica, domicilio social
La fundación lleva el nombre de "Stiftung Franz Xaver Joseph Lohé". Es una fundación de derecho civil sin capacidad jurídica. La fundación tiene su sede en Bonn y es administrada por la Ciudad Federal de Bonn.
§ 2: Objeto de la fundación
(1) El objeto de la Fundación es
el apoyo económico de los internos de los conventos de San Egidio y San Jacobo 6/15,
el apoyo económico de los pobres (en el sentido del § 53 núm. 2 del Código Fiscal) de 6/15,
la obtención de fondos para la administración de la iglesia católica de Kessenich en 2/15,
la obtención de fondos para la administración eclesiástica católica de Dottendorf en 1/15 de los ingresos.
(2) La finalidad de los estatutos se realiza en particular mediante ayudas económicas a los residentes de las instalaciones de los conventos y a personas necesitadas en situaciones de emergencia y mediante donativos a las dos parroquias para fines eclesiásticos.
(3) Los fondos de la Fundación sólo pueden utilizarse para los fines estatutarios.
§ 3: Sin ánimo de lucro
(1) La Fundación persigue exclusiva y directamente fines caritativos y eclesiásticos en el sentido de la sección "fines fiscalmente privilegiados" del Código Fiscal alemán.
(2) La Fundación es una organización sin ánimo de lucro; no persigue principalmente fines económicos propios.
(3) Ninguna persona podrá ser favorecida con gastos ajenos a la finalidad de la Fundación o con remuneraciones desproporcionadamente elevadas.
§ 4: Patrimonio de la Fundación
Los activos de la fundación consisten en terrenos y activos inmobiliarios, así como activos líquidos, y actualmente ascienden a 1.993.181,90 euros. De ellos, 1.656.289,83 euros corresponden a activos de capital y 336.892,07 euros a activos de reserva (a 31 de diciembre de 2012).
§ 5: Utilización de los ingresos procedentes de activos
Los ingresos procedentes del patrimonio de la fundación y las donaciones que no le correspondan deben destinarse al cumplimiento de los fines de la fundación. Esto no se aplica a las aportaciones al patrimonio de la fundación de conformidad con el artículo 58 nº 7 del Código Fiscal alemán.
§ 6: Disolución de la Fundación
En caso de disolución o cancelación de la Fundación o de cese de los fines fiscalmente privilegiados, el patrimonio revertirá a la Ciudad Federal de Bonn, que lo destinará directa y exclusivamente a fines caritativos o eclesiásticos.
§ 7: Posición de la Agencia Tributaria
Las resoluciones sobre modificaciones de los estatutos y sobre la disolución de la fundación deben notificarse a la oficina tributaria competente. En el caso de modificaciones de los estatutos que afecten al objeto de la fundación, debe obtenerse previamente de la oficina tributaria la confirmación de la favorabilidad fiscal.
§ 8: Entrada en vigor
Los presentes estatutos entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación. - - - Se da publicidad a los presentes estatutos.
Se hace constar que, una vez transcurrido un año a partir de la fecha de este anuncio, ya no podrá alegarse una infracción de las normas de procedimiento y de forma del Código Municipal del Estado de Renania del Norte-Westfalia (GO NRW) en la creación de estos estatutos, a menos que
falte una autorización prescrita o no se haya llevado a cabo un procedimiento de notificación prescrito,
no se haya dado la debida publicidad a estos estatutos,
el Alcalde se haya opuesto previamente a la resolución sobre los estatutos o
el defecto formal o de procedimiento ha sido notificado previamente al ayuntamiento, indicando la disposición legal infringida y el hecho que revela el defecto.