Puntos 1 a 12
1. Con el fin de ofrecer a los ciudadanos la posibilidad de informarse sobre los miembros del Ayuntamiento de Bonn, los miembros de los consejos de distrito y los ciudadanos expertos y residentes nombrados para las comisiones especializadas (en lo sucesivo, "representantes electos" - véase la nota 1), se ha creado un "Manual de representantes electos municipales de la ciudad de Bonn". Éste estará disponible en forma impresa y en Internet.
2. los miembros del Consejo de la Ciudad Federal de Bonn y los ciudadanos expertos y residentes deben informar al alcalde, y los miembros de los consejos de distrito - a menos que también sean miembros del Consejo o de una comisión especializada - deben informar al jefe del consejo de distrito de lo siguiente para su inclusión en el manual de los mandatarios municipales de la Ciudad Federal de Bonn:
2.1 Las profesiones ejercidas en la actualidad, siempre que ello no entre en conflicto con los intereses de seguridad del empleador, a saber
- en el caso de los trabajadores por cuenta ajena: datos del empleador y del sector, datos de la función propia o del cargo oficial;
- en el caso de los comerciantes autónomos Tipo de oficio y razón social;
- en el caso de las profesiones liberales y otras profesiones autónomas: Especificación de la profesión y rama profesional.
Si se ejercen varios tipos de profesión al mismo tiempo, deberá indicarse el centro de la actividad profesional.
2.2 Profesiones ejercidas anteriormente, en la medida en que se haya renunciado a ellas en previsión o en relación con la asunción del mandato.
2.3 Actividades remuneradas y honoríficas como miembro de un consejo de administración, consejo de vigilancia, consejo de administración, otro órgano ejecutivo o consejo consultivo de una empresa, cooperativa, una empresa gestionada bajo otra forma jurídica o una corporación, fundación o institución de derecho público, así como en el Bundestag alemán o en el parlamento de un estado federado.
2.4 Funciones remuneradas y honoríficas en asociaciones comerciales, sindicatos, asociaciones profesionales, otros grupos de interés u organizaciones, clubes y asociaciones similares.
2.5 Actividades remuneradas de asesoramiento, representación de intereses de terceros, prestación de dictámenes periciales, actividades periodísticas y de conferenciante, en la medida en que estas actividades no entren en el ámbito de la profesión ejercida actualmente o en el pasado (véase la nota 2) y la remuneración por ello supere el importe de la asignación mensual para gastos de un concejal (actualmente 322,00 euros) en casos individuales. El deber de divulgación no incluye la divulgación de hechos sobre terceros para los que se hagan valer derechos legales a negarse a declarar o deberes de confidencialidad.
3 Además de la información que debe facilitarse de conformidad con la sección 2, deberá facilitarse al Lord Mayor la siguiente información adicional:
- Fecha de nacimiento y estado civil (véase la nota 3)
- Bienes patrimoniales en el territorio de la Ciudad Federal de Bonn,
- participaciones en empresas con sede social o centro de actividad en la Ciudad Federal de Bonn.
Estos datos deben tratarse de forma confidencial. Sólo podrán publicarse en el manual de cargos municipales de la Ciudad Federal de Bonn con el consentimiento expreso del titular del cargo. 3. El Señor Alcalde concederá a los miembros del Consejo, de los consejos de distrito y de las comisiones el acceso a estos documentos en casos individuales en los que exista un interés legítimo demostrado.
4. Los representantes electos deberán notificar inmediatamente al Lord Mayor cualquier cambio en la información sobre su situación financiera y personal en el sentido de estas directrices, y deberán notificar trimestralmente al Lord Mayor la información del apartado 2.5.
Independientemente de ello, a principios de cada año, todos los representantes electos son requeridos por escrito por el Lord Mayor para que comprueben de nuevo los datos que han facilitado en los puntos 2. y 3. y los confirmen a la administración o los corrijan en caso necesario.
Las notificaciones relativas al punto 2. que se reciban en el transcurso de un año se publicarán en Internet tras su notificación; la versión impresa del manual se actualizará anualmente. Esto también se aplica a las notificaciones relativas al punto 3 en cuanto se haya dado el consentimiento del representante electo para su publicación.
5. los representantes electos locales no pueden aceptar dinero, beneficios inapropiados en especie que vayan más allá de la atención social habitual u otros beneficios inapropiados en dinero y/o beneficios -incluidos los beneficios inmateriales- que se les ofrezcan por su pertenencia a uno de los organismos mencionados, incluso para terceros (por ejemplo, la ciudad o familiares). Esta disposición se explicará detalladamente en una directriz adjunta.
6. un miembro del consejo no debe ser miembro de pleno derecho de más de dos áreas especializadas afines (servicios públicos municipales, caja de ahorros, industria de la vivienda, etc.) en consejos de supervisión u órganos de empresas comerciales en los que haya sido delegado por una resolución correspondiente del consejo o propuesto para su elección por un órgano correspondiente.
6.1 Las retribuciones generales que perciben los miembros de los consejos de vigilancia y otros órganos de las empresas comerciales figuran por separado en el apéndice del manual de los cargos electos municipales. Si la empresa/organización respectiva no divulga las tasas generales de compensación, el representante electo que trabaje en ella se compromete a informar al Señor Alcalde del tipo y la cuantía de los pagos de compensación.
6.2 Si un representante electo participa en un consejo, consejo de distrito, comité, consejo de supervisión u otro órgano para el que haya sido elegido en calidad de tal en la deliberación o votación de un asunto en el que él mismo u otra persona para la que trabaje a cambio de una remuneración tenga un interés personal o económico directo, deberá revelar previamente este vínculo de interés (véase la nota a pie de página 4) en el órgano correspondiente.
Las disposiciones del Código Municipal de Renania del Norte-Westfalia (GO NRW) sobre los artículos 31 y ss. GO NW no se ven afectadas por ello. El deber de revelación no incluye la revelación de hechos sobre terceros para los que se hagan valer derechos legales a negarse a declarar o deberes de confidencialidad.
7. en asuntos profesionales y empresariales, deben omitirse las referencias a la pertenencia al Consejo Municipal de Bonn, a un consejo de distrito o a comités especializados del Consejo.
8 Los representantes electos municipales están sujetos a las obligaciones legales derivadas del artículo 30 del GO NRW (deber de confidencialidad - véase la nota 5), del artículo 31 del GO NRW (causas de exclusión por parcialidad - véase la nota 6) y del artículo 32 del GO NRW (deber de lealtad).
9 En caso de duda, el titular del mandato está obligado a consultar sobre la interpretación de las disposiciones al departamento o departamentos especializados designados por el alcalde. La consulta debe recibir respuesta lo antes posible, a más tardar en un plazo de 14 días, a menos que no sea posible tramitarla dentro del plazo por motivos ajenos al departamento o departamentos especializados (por ejemplo, falta de cooperación por parte del representante electo en cuestión). 10
10. si se alega que un representante electo ha infringido las disposiciones del código municipal y/o del código de honor, el alcalde debe aclarar los hechos del caso a través del/de los departamento(s) especializado(s) responsable(s) y oír al miembro en cuestión, que tiene derecho a la aclaración, en presencia del presidente del grupo parlamentario al que pertenece o por el que fue propuesto el ciudadano en cuestión.
En el caso de los miembros de un consejo de distrito - a menos que también sean miembros del consejo o de una comisión especializada - esta tarea es responsabilidad del dirigente de distrito responsable. El Lord Mayor prestará asistencia oficial de conformidad con la frase 1. El portavoz del grupo parlamentario podrá estar presente en el consejo de distrito en lugar del presidente del grupo parlamentario.
11 El Consejo constituirá un Consejo de Honor por la duración de una legislatura. A éste se puede recurrir para decidir si un representante electo ha infringido las obligaciones del Código Municipal de Renania del Norte-Westfalia o las normas del Código de Honor.
11.1 El Consejo de Honor está compuesto por el Alcalde, un representante de cada grupo parlamentario y un número igual de personas que no son miembros de la administración ni de los órganos políticos y que son elegidas por el Consejo por consenso. Si no se alcanza el consenso, la elección debe realizarse por mayoría de ¾. Si el miembro designado por el grupo parlamentario no puede asistir (por ejemplo, por prejuicios personales, enfermedad , etc.), el grupo parlamentario respectivo designará a un suplente.
11.2 El Consejo de Honor se reúne a iniciativa del Alcalde, de un grupo parlamentario o a petición de una cuarta parte de los miembros del Consejo. También intervendrá a petición de un representante electo individual si se formulan contra él acusaciones en el sentido del artículo 10 y el/los servicio(s) especializado(s) lo ha(n) confirmado en su voto.
11.3 Los miembros del Consejo de Honor trabajan a título honorífico y, por lo tanto, están obligados a mantener la confidencialidad de acuerdo con el § 30 GO NRW incluso después de finalizar sus actividades.
11.4 Con el fin de esclarecer los hechos del caso, la información de que disponga el Lord Mayor deberá ponerse a disposición del Consejo de Honor. Deberán observarse las disposiciones de la ley de protección de datos.
11.5 Las reuniones del Consejo de Honor no son públicas. El elegido afectado tiene derecho a ser oído por el Consejo de Honor sobre las alegaciones formuladas contra él en presencia de un asesor jurídico.
11.6 La evaluación del Consejo de Honor se efectúa por resolución. El Señor Alcalde informará al Consejo de la decisión del Consejo de Honor, que se calificará de recomendación para él.
12. Los miembros del Consejo de la Ciudad Federal de Bonn, de un consejo de distrito o ciudadanos expertos que sean elegidos por el Consejo para órganos corporativos u otras instituciones que abonen dietas de asistencia o de gastos percibirán la dieta de asistencia determinada por ley u ordenanza. Si el Consejo determina la cuantía de la indemnización, percibirán 1,5 veces la retribución por horas extraordinarias del grupo salarial más alto del TVÖD. El pago de una dieta de asistencia o de una indemnización por gastos incluye también el tiempo necesario para preparar adecuadamente las reuniones de los órganos corporativos u otras instituciones y el tiempo de desplazamiento efectivamente necesario. El tiempo total de preparación no puede exceder de dos horas por reunión. También se calculan las dietas de asistencia a cursos de formación, perfeccionamiento u otras actividades directamente relacionadas con el desempeño de las funciones en los comités o instituciones.
Si el importe de la compensación lo determina la empresa o institución, el Consejo espera que estas personas destinen la parte de la compensación que supere 1,5 veces la remuneración de las horas extraordinarias del grupo de mayor remuneración del TVÖD por hora o parte de la misma a promover fines benéficos. Estas cantidades se ingresarán en una cuenta especial del grupo parlamentario al que pertenezcan. Los donantes deciden la utilización respectiva de acuerdo con el grupo parlamentario. En el apéndice del manual para los representantes electos locales se enumeran por separado las cuantías especificadas en el reglamento de retribuciones.
Notas a pie de página
Nota a pie de página 1: El término "representante electo" en el Reglamento de honor abarca también a los ciudadanos que sólo son elegidos indirectamente como expertos (artículo 58, apartado 3, GO NRW) y a los residentes que son expertos (artículo 58, apartado 4, GO NRW).
Nota a pie de página 2: La referencia explícita deja claro que el titular del mandato sólo puede referirse a la profesión ejercida antes de la jubilación con respecto a las disposiciones de exención reguladas en el apartado 2.5.
Nota a pie de página 3: Los titulares de mandatos deben ser informados en una carta aparte de que -si dan su consentimiento- en el manual de los titulares de mandatos municipales sólo se incluirá el año de nacimiento por motivos de seguridad.
Nota 4: La sección 6.2 contiene un deber de informar al alcalde o al líder del distrito que va más allá de las disposiciones legales del código municipal. Esto se debe a que una prohibición de cooperación en virtud del artículo 31 (2) nº 1 GO NRW se limita a aquellos casos en los que se puede suponer un conflicto de intereses sobre la base de las circunstancias reales, en particular la naturaleza del empleo. Estas condiciones pueden cumplirse, en particular, si la persona en cuestión se encuentra en una posición de dependencia con respecto a su empresario o empleador debido a una relación de servicio o laboral. Sin embargo, también pueden existir si existe un fuerte interés operativo debido a una función directiva o si la autoridad o empresa ejerce influencia en la toma de decisiones de la persona en cuestión o esto es de esperar, por ejemplo si la persona en cuestión debe temer perder su empleo como consecuencia de la decisión. Una situación de conflicto de este tipo no es necesaria en virtud de la sección 6.2 del Código de Honor. Esto se debe a que, a diferencia de un "conflicto de intereses" de conformidad con el artículo 31, apartado 2, nº 1 de la GO NRW, ya existe una "vinculación de intereses" -que requiere divulgación- si, en el momento de la consulta y/o votación, la persona en cuestión tiene una obligación legal formal ("trabajar a cambio de una remuneración") con un mandante o empleador y éste tiene un interés personal o económico en la decisión.
Nota 5: El incumplimiento del deber de confidencialidad de conformidad con el artículo 30 GO NRW puede dar lugar a reclamaciones por daños y perjuicios en virtud del derecho civil de conformidad con el artículo 823 (2) o el artículo 839 BGB; la persona en cuestión puede incluso ser considerada penalmente responsable de conformidad con los artículos 353 b) y 353 d) StGB. Esto se debe a que un titular de mandato, si desempeña funciones administrativas, por ejemplo como miembro de un consejo de supervisión, es en este sentido un funcionario público, véase BGHSt 51, 44, 52 y siguientes, confirmado por BGH NStZ 2007,36.
Nota 6: Si el comportamiento de voto del representante electo en cuestión fue decisivo para el resultado de la votación, la violación de una prohibición de participación de conformidad con el artículo 31 GO NRW da lugar a la nulidad de la resolución de conformidad con el apartado 6 de esta disposición. Si el municipio sufre un perjuicio como consecuencia de ello, la persona en cuestión puede ser considerada responsable de los daños y perjuicios de conformidad con el artículo 43 (4) (b) GO NRW.
Apéndice 1 - I, II
Ciudad Federal de Bonn, 27 de abril de 2005
Resumen de las principales afirmaciones de la Ley para la mejora de la lucha contra la corrupción y para la creación y mantenimiento de un registro de contratos públicos en Renania del Norte-Westfalia (Ley de prevención de la corrupción - KorruptionsbG) de 1 de marzo de 2005 sobre el artículo 5 del Código de honor
El siguiente resumen trata de las disposiciones de la Ley que se refieren a los representantes electos o que son de especial interés para ellos en relación con el Código de Honor.
- La Ley Anticorrupción pretende colmar las lagunas normativas existentes. Contiene dos pilares destinados a combatir la corrupción: La creación de una mayor transparencia y disuasión mediante la introducción obligatoria de un registro de contratación pública. (cf. proyecto de ley del grupo parlamentario SPD y del grupo parlamentario Bündnis 90/DIE GRÜNEN de 14 de septiembre de 2004, impreso 13/5952, parte general A)
Según las observaciones generales al proyecto de ley de los grupos parlamentarios SPD y Bündnis 90/DIE GRÜNEN de 14 de septiembre de 2004, la corrupción incluye en particular los delitos penales en los que los funcionarios públicos se aprovechan de su posición o de los poderes que les han sido conferidos para obtener beneficios materiales o inmateriales para sí mismos o para terceros, pero también los actos delictivos de terceros y la aceptación ilícita de recompensas, regalos y otros beneficios (como antes).
Un ámbito especialmente susceptible de corrupción es la adjudicación de contratos públicos. Además de las medidas individuales de personal y organizativas que deben instaurarse, se considera especialmente disuasorio el establecimiento de un registro de contratación pública, en el que se inscriban las personas y empresas debido a su falta de fiabilidad. - Las disposiciones individuales de la Ley Anticorrupción:
Sección 1: Disposiciones introductorias
- De conformidad con el artículo 1 ( 1) núm. 2 de la Ley contra la corrupción, esta ley se aplica, entre otros, a los municipios y, de conformidad con el núm. 5, a los miembros de sus órganos y comités, a los consejos de distrito, así como a los ciudadanos expertos de conformidad con el artículo 58 (3) del Código Municipal de Renania del Norte-Westfalia (GO NRW) (en lo sucesivo denominados titulares de mandatos).
Por lo tanto, a diferencia del Código de Honor, el ámbito de aplicación de la ley no se extiende a los residentes expertos de conformidad con el artículo 58 (4) GO NRW. Según la exposición de motivos del proyecto de ley de los grupos parlamentarios SPD y Bündnis 90/DIE GRÜNEN, las personas mencionadas en esta disposición son funcionarios públicos en su función de titulares de mandatos. La condición de funcionario público con arreglo al artículo 11, apartado 1, núm. 2 c del StGB requiere un nombramiento en una autoridad u otro organismo que desempeñe tareas de administración pública. Según la exposición de motivos del proyecto de ley, una elección también es suficiente como nombramiento en este sentido. (cf. proyecto de ley del grupo parlamentario SPD y del grupo parlamentario Bündnis 90/DIE GRÜNEN, impreso 13/5952, parte B, exposición de motivos del artículo 1 de la Ley contra la corrupción). - De conformidad con la Sección 2 de la Ley de corrupción, losórganos de auditoría de los municipios en el sentido de esta Ley son las oficinas municipales de auditoría. De conformidad con la Sección 2 (2) de la KorruptionsbG, las auditorías en virtud de esta Ley se refieren en particular a las áreas susceptibles de corrupción que deben asumirse en las que puede ejercerse influencia sobre contratos, subvenciones o sobre autorizaciones, licitaciones y prohibiciones. La definición de estas áreas es responsabilidad de los alcaldes de los municipios.
Sección 2: Centro de información y registro de adquisiciones (extracto)
1. De conformidad con el artículo 3 de la Ley de Prevención de la Corrupción, se creará un centro de información en el que los organismos públicos podrán intercambiar información sobre la fiabilidad de las personas físicas, jurídicas y asociaciones de personas a la hora de adjudicar contratos públicos. El centro de información será creado por el Ministerio de Hacienda y se espera que cuente con soporte informático a partir de mayo de 2005. Una autoridad local que pretenda adjudicar un contrato está obligada a presentar una solicitud al centro de información para los contratos de un valor igual o superior a 25.000/50.000 euros (artículo 8 de la Ley de corrupción).
2 El artículo 5 de la KorruptionsbG define el término "conducta indebida " (apartado 1) y su inscripción en el registro de contratación pública (apartado 2). La conducta indebida incluye
-
- Delitos tipificados en los artículos 331 a 335, 261 (blanqueo de capitales, ocultación de activos ilegales), 263 (fraude), 264 (fraude de subvenciones), 265b (fraude de préstamos), 266 (malversación), 266a (retención/malversación de retribuciones), 298 (acuerdos ilegales en licitaciones), 299 (soborno/corrupción en transacciones comerciales), 108e (soborno de parlamentarios) del Código Penal alemán (StGB) y en el artículo 370 del Código Fiscal alemán (Abgabenordnung),
- Delitos tipificados en los artículos 19, 20, 20a y 22 de la Ley de control de armas de guerra,
- Infracciones del artículo 81 de la Ley contra las Restricciones de la Competencia (GWB), en particular del artículo 14 de la GWB por fijación de precios y acuerdos de participación en la competencia,
- Infracciones del artículo 16 de la Ley de trabajo temporal,
- infracciones que puedan dar lugar o hayan dado lugar a la exclusión en virtud del artículo 21 de la Ley de Lucha contra el Empleo Ilegal y el Trabajo Ilegal (Ley de Lucha contra el Empleo Ilegal) o del artículo 6 de la Ley de Trabajadores Desplazados.
§ El artículo 5 de la Ley alemana contra la corrupción (KorruptionsbG) sólo se aplica a las personas inscritas en el registro de contratación pública en caso de conducta indebida (artículo 4, apartado 3, nº 1 de la KorruptionsbG). Los titulares de cargos no están cubiertos por esta disposición, pero pueden ser procesados como cómplices o partícipes de los delitos enumerados en el artículo 5, apartado 1, de la Ley sobre corrupción debido a su condición de funcionarios públicos.
En particular, la comisión o incluso la apariencia de delitos penales contemplados en las Secciones 331 a 335 del Código Penal alemán (StGB) también deben impedirse en virtud de la Sección 5 del Código Ético. Se trata de los delitos penales de aceptación y concesión de ventajas (Secciones 331 y 333 StGB), así como de soborno, corrupción y casos especialmente graves de soborno y corrupción (Secciones 332, 334 y 335 StGB).
3 De conformidad con el artículo 11, frase 1, de la KorruptionsbG, la protección de datos se garantiza mediante referencia a la Ley de protección de datos de Renania del Norte-Westfalia. Por lo tanto, los registros no son accesibles al público sin restricciones, de modo que la Ley de libertad de información de Renania del Norte -Westfalia no se aplica a las disposiciones del artículo 2 (frase 2).
Sección 3: Obligaciones de notificar, informar, asesorar y facilitar información (extracto)
- De conformidad con el artículo 12 (1) de la Ley de corrupción (obligación de informar), el jefe administrativo de los municipios debe informar a la Oficina Estatal de Investigación Criminal de cualquier hecho que pueda constituir una prueba de conducta indebida de conformidad con el artículo 5 (1) de la Ley de corrupción. Lo mismo se aplica en los municipios al jefe de la oficina de auditoría municipal responsable de la auditoría, que generalmente debe informar inmediatamente al jefe administrativo del informe en tal caso.
Aunque el término "indicios" no llega tan lejos como el de derecho penal "sospecha inicial", se requieren hechos concretos que hagan pensar que es posible que se haya cometido un delito perseguible penalmente. Por lo tanto, no se pueden imponer exigencias excesivas a los indicios porque la investigación de los hechos es precisamente la tarea de las diligencias preliminares. (Esta información se ha extraído de las notas explicativas sobre la Ley de corrupción acordadas entre el Ministerio del Interior de Renania del Norte-Westfalia y las organizaciones paraguas municipales. Además de informar a la Oficina Estatal de Investigación Criminal, es decisión del jefe de la autoridad implicar también a la fiscalía especializada competente en la lucha contra la corrupción (como antes). - De conformidad con el artículo 15 de la Ley de enjuiciamiento de delitos de corrupción (obligación de facilitar información), los miembros deben facilitar al órgano de investigación información sin restricciones sobre su situación financiera, como participaciones en empresas, valores, activos en fideicomiso y bienes inmuebles, en la medida en que sea necesario para una investigación caso por caso, de conformidad con el artículo 1, apartado 1, números 4 a 6, de la Ley de enjuiciamiento de delitos de corrupción.
Esta obligación, que también se aplica a los representantes electos e incluye un derecho de información independiente del Tribunal de Cuentas, no está regulada expresamente en el Reglamento de Honor. Sin embargo, la información que debe facilitarse al alcalde de conformidad con las secciones 2 y 3 de las Normas de Honor, que al menos incluye en gran medida la información especificada en la sección 15 de la Ley de corrupción, ya se ha transmitido en el pasado a los departamentos especializados encargados por el alcalde de investigar la corrupción, entre los que se incluye la Oficina de Auditoría de la Ciudad (véase la sección 10 de las Normas de Honor). Además, la sección 11.4 del Reglamento de Honor permite que esta información se transmita al Consejo de Honor.
Sección 4: Disposiciones sobre transparencia (extracto)
- De conformidad con el artículo 17 de la Ley de Corrupción (deber de información), los miembros conforme al artículo 1 (1) núm. 5 de la Ley de Corrupción, es decir, los representantes electos, deben facilitar al jefe de la administración información por escrito sobre
- la profesión ejercida y los contratos de asesoramiento
- pertenencia a consejos de vigilancia y otros órganos de supervisión en el sentido del artículo 125 (1) frase 3 de la Ley alemana de Sociedades Anónimas (AktG),
- la pertenencia a los órganos de gobierno de los ámbitos de responsabilidad independientes de derecho público o privado de las autoridades e instituciones enumeradas en los apartados 1 y 2 del artículo 1 de la Ley de Organización del Estado,
- la pertenencia a órganos de otras empresas de Derecho privado,
- funciones en asociaciones u organismos comparables.
Esta información debe publicarse anualmente de forma adecuada, de conformidad con el artículo 17, frase 2, de la Ley sobre corrupción.
A este respecto, cabe señalar en primer lugar que los propios titulares de los cargos ya se han comprometido en el artículo 2 del Código de Honor a que la información exigida en los apartados 1 a 5 del artículo 17 de la Ley contra la corrupción se publique a través del alcalde. Debido a la decisión de publicar los datos de todos los cargos electos, incluidos los del jefe administrativo, en el manual del ayuntamiento para los cargos electos municipales o en Internet, ya no es necesario decidir dónde y cómo deben publicarse y actualizarse los datos mencionados (véase la sección 4 del Código de Honor). El único aspecto nuevo es que la obligación de publicación, que antes sólo estaba regulada en el Código de Honor, ahora también está prescrita por ley.
Independientemente de las disposiciones de la Ley Anticorrupción, las demás normas legales, en particular el apartado 3 del artículo 43 del GO NRW y las disposiciones del Derecho laboral derivado, deben seguir observándose, por supuesto. Esto se tuvo en cuenta a la hora de redactar el Reglamento de Honor.
- De conformidad con el artículo 18 de la Ley de Corrupción (obligación de notificar el empleo secundario), el jefe de la administración debe notificar al Consejo su empleo secundario que requiera autorización de conformidad con el artículo 68 (1) de la Ley de Funcionarios del Estado de Renania del Norte-Westfalia (LBG) antes de asumir dicho empleo. Según las notas explicativas sobre la Ley anticorrupción acordadas entre el Ministerio del Interior de Renania del Norte-Westfalia y las principales asociaciones municipales, no hay obligación de notificar si el empleo secundario ya se había asumido en el momento de la entrada en vigor de la Ley (1 de marzo de 2005). La notificación debe hacerse al Consejo. § A diferencia del artículo 17 de la Ley sobre corrupción, el artículo 18 de la Ley sobre corrupción no prevé la publicación de los datos, ya que el tema entra dentro del ámbito más restringido de los asuntos de personal.
No se aplica la obligación de presentar la lista de conformidad con el artículo 18, apartado 2, de la KorruptionsbG en relación con el artículo 71 de la LBG (notificación de casos de corrupción) . § El art. 71 LBG (declaración de ingresos adicionales) ya es aplicable al ejercicio 2004, puesto que no existen los correspondientes períodos transitorios. No es necesario presentar la declaración con arreglo al artículo 71 de la LBG si los ingresos procedentes del empleo secundario en el año respectivo no superan un total de 1 200 EUR (artículo 15 de la Ordenanza sobre el empleo secundario). A la hora de determinar este importe, deben incluirse todas las remuneraciones por empleos secundarios, independientemente de si están sujetas a autorización o no o de si están sujetas a la obligación de realizar pagos o no.
La lista con arreglo al artículo 71 de la LBG no incluye las actividades y remuneraciones por tales actividades que no se consideren actividades auxiliares con arreglo al artículo 2, apartado 4, de la Ordenanza sobre actividades auxiliares. (Estas observaciones también se tomaron de las notas explicativas sobre la Ley anticorrupción acordadas entre el Ministerio del Interior de Renania del Norte-Westfalia y las organizaciones paraguas municipales).
III.
III. En consecuencia, cabe señalar que las disposiciones antes mencionadas de la Ley Anticorrupción -en la medida en que se refieren a los deberes de los titulares de mandatos- ya están en gran medida ancladas en el Código de Honor adoptado por el Consejo.
Con el Código de Honor, los titulares de mandatos se han sometido a su propio y autodeterminado código de honor, cuyo contenido normativo va más allá de la intención de la Ley Anticorrupción, cuyo objetivo es combatir y prevenir la corrupción. Se trata de un mero aspecto parcial del Código de Honor, cuyo objetivo principal es documentar a los ciudadanos y a la administración que los representantes electos también están sujetos al Código de Honor.
Esto se debe a que se trata de un mero aspecto del Código de Honor, cuyo principal objetivo es demostrar a los ciudadanos y a la administración que los representantes electos no actúan "en un espacio libre", sino que establecen sus propias normas en relación con sus actividades políticas, que son vinculantes para su comportamiento.