Visión general
La Oficina de la Infancia, la Juventud y la Familia está llamada u obligada a participar en los procedimientos judiciales en beneficio de los menores afectados por una separación o divorcio si el divorcio es "contencioso".
Por ejemplo, si no hay (todavía) acuerdo sobre la custodia parental y desacuerdos sobre el derecho de visita.
Siempre que nazcan hijos en un matrimonio y éstos sean aún menores cuando se presente la demanda de divorcio, la Oficina de la Infancia, la Juventud y la Familia será informada de ello por el tribunal de familia, con especial referencia al hecho de que se haya presentado una solicitud de custodia y/o derecho de visita por uno de los progenitores.