Visión general
El procedimiento de exención se aplica a proyectos privilegiados cuya construcción o modificación no requiere licencia urbanística en determinadas condiciones. Se trata de edificios residenciales de las clases de edificación 1 a 3, otros edificios de las clases de edificación 1 y 2, así como sus respectivas dependencias e instalaciones auxiliares.
El requisito previo es que el proyecto esté dentro del ámbito de un plan de desarrollo, que el desarrollo esté garantizado y que no se requiera ninguna excepción, exención o desviación.
El fundamento jurídico se basa en el artículo 63 de la BauO NRW.